RESICO 2027 para personas físicas: tope de 5 millones, declaración única y pago trimestral
Palabra clave principal: RESICO 2027 personas físicas
Palabras clave secundarias: límite 5 millones RESICO, declaración trimestral RESICO, declaración única ISR e IVA
Si tributas como persona física en el Régimen Simplificado de Confianza, o estás considerando incorporarte, el Paquete Económico 2027 contempla varios cambios importantes para este régimen.
Sin embargo, todo lo descrito en este artículo sigue siendo una propuesta. El Congreso debe discutirla y aprobarla, por lo que los requisitos y detalles podrían cambiar.
¿Cuál sería el nuevo límite de ingresos?
El límite anual de ingresos para las personas físicas en RESICO subir
ía de 3.5 a 5 millones de pesos.
Esto significa que una persona física con ingresos superiores a 3.5 millones, pero inferiores o iguales a 5 millones, podría permanecer o incorporarse al régimen si cumple con los demás requisitos establecidos en la ley.
Para las personas morales, el límite propuesto aumentaría de 35 a 50 millones de pesos.
Este cambio podría beneficiar especialmente a profesionistas, comerciantes y pequeños empresarios cuyos ingresos han crecido y actualmente se encuentran cerca del límite permitido.
Ejemplo
Una persona física que facture 4.2 millones de pesos al año actualmente superaría el límite de 3.5 millones. Si la propuesta se aprueba sin modificaciones, podría quedar dentro del nuevo límite de 5 millones, siempre que cumpla con las demás condiciones fiscales.
Es importante recordar que el límite se refiere a los ingresos y no equivale automáticamente a una autorización para permanecer en RESICO. También deben revisarse las actividades, obligaciones y demás requisitos aplicables.
¿Cambiarían las tasas de ISR?
De acuerdo con la información disponible, las tasas preferenciales de ISR permanecerían sin cambios.La tasa máxima seguiría siendo de 2.5%, mientras que las tasas aplicables continuarían ubicándose entre 1% y 2.5%, dependiendo del nivel de ingresos.
Por lo tanto, el cambio principal no estaría en las tasas, sino en el aumento del límite de ingresos y en las facilidades administrativas propuestas.
La tasa aplicable se determina conforme a los ingresos cobrados y al rango correspondiente. Para conocer el porcentaje exacto, cada contribuyente debe revisar sus ingresos acumulados y la tabla vigente.
¿Podría pagarse el ISR cada tres meses?
Sí. La propuesta contempla que las personas físicas y algunos micronegocios puedan optar por realizar pagos trimestrales de ISR en lugar de pagos mensuales.
Esta facilidad sería opcional. Quienes prefieran continuar con el esquema mensual podrían hacerlo, siempre que la legislación final conserve esta posibilidad.
El pago trimestral podría ayudar a reducir la cantidad de declaraciones que presenta un contribuyente durante el año. También facilitaría la planeación de quienes tienen ingresos relativamente estables y pueden reservar con anticipación el dinero destinado a impuestos.
Sin embargo, pagar cada tres meses no significa pagar menos impuestos. Únicamente cambiaría la periodicidad del cumplimiento.
Por ejemplo, en lugar de presentar pagos correspondientes a enero, febrero y marzo por separado, el contribuyente podría concentrar la información y efectuar un pago trimestral, de acuerdo con las reglas que finalmente establezcan las autoridades.
¿Habría una declaración única para ISR e IVA?
Otra de las propuestas consiste en integrar el ISR y el IVA en una sola declaración y realizar un solo pago.
Actualmente, estos impuestos pueden requerir declaraciones separadas. La propuesta buscaría que el contribuyente presente una declaración unificada, posiblemente con periodicidad trimestral para quienes elijan esa opción.
La información disponible todavía presenta algunos matices. Algunos reportes señalan que el pago trimestral aplicaría principalmente al ISR, mientras que otros describen una declaración conjunta para ISR e IVA.
Por esta razón, todavía no puede afirmarse con certeza cómo funcionaría el procedimiento definitivo.
Antes de implementar cualquier cambio, será necesario conocer:
- Qué contribuyentes podrán elegir la declaración única.
- Si la opción trimestral aplicará a ambos impuestos.
- Cómo se calculará el IVA dentro de la declaración.
- Qué fechas límite deberán cumplirse.
- Si existirán pagos provisionales o ajustes mensuales.
- Cómo se presentarán las declaraciones informativas.
¿Qué pasaría con la contabilidad?
La propuesta de simplificación contable estaría relacionada con la opción de IVA efectivo del 7%.
Las personas físicas que elijan ese esquema podrían dejar de llevar ciertas obligaciones contables, siempre que emitan y conserven correctamente sus CFDI.
Esto no significa que puedan olvidarse de la documentación. Aunque se simplifique la contabilidad, sería necesario conservar comprobantes, registrar ingresos y mantener evidencia de las operaciones realizadas.
Los CFDI seguirían siendo fundamentales para demostrar:
- Los ingresos cobrados.
- Los servicios prestados.
- Los gastos efectuados.
- Las operaciones con clientes y proveedores.
- La información reportada al SAT.
Si el contribuyente permanece en el esquema tradicional del IVA, esta facilidad podría no aplicar.
¿Qué otros cambios se proponen?
Además del nuevo límite de ingresos y las facilidades de pago, se han difundido otras propuestas relacionadas con RESICO.
RESICO para personas morales sería opcional
Diversos análisis señalan que el régimen podría dejar de ser obligatorio para determinadas personas morales y convertirse en una alternativa fiscal.
Esto permitiría que cada empresa compare RESICO con otros regímenes antes de elegir el que mejor se adapte a su operación.
La conveniencia dependería de factores como:
- Nivel de ingresos.
- Gastos deducibles.
- Inversiones.
- Utilidad.
- Necesidades de flujo de efectivo.
- Obligaciones administrativas.
Mayor exención para el sector primario
Para contribuyentes del sector primario, la exención de ISR podría aumentar de 900,000 a 1 millón de pesos.
El beneficio dependería del cumplimiento de los requisitos específicos y de la actividad realizada.
Regularización de declaraciones omitidas
También se ha reportado la posibilidad de establecer un esquema de pagos a plazos para contribuyentes que hayan omitido declaraciones y quieran conservar su registro en RESICO.
Esta medida estaría dirigida a quienes tienen incumplimientos pendientes. Si estás al corriente con tus declaraciones, probablemente no necesitarías utilizar este mecanismo.
Posibilidad de regresar a RESICO
Otra propuesta sería permitir el reingreso al régimen después de haber salido.
Actualmente, abandonar un régimen puede generar dudas sobre la posibilidad de regresar. La reforma podría abrir esa puerta, aunque los requisitos concretos todavía dependerían del texto aprobado.
¿A cuántos contribuyentes busca incorporar el SAT?
El SAT espera que la combinación de nuevos límites, simplificación del IVA y facilidades administrativas permita sumar aproximadamente 1.6 millones de contribuyentes al padrón.
Según las cifras difundidas, actualmente habría cerca de 4.18 millones de personas físicas y micronegocios en el régimen, además de aproximadamente 254,000 empresas.
La estrategia busca ampliar la base de contribuyentes y facilitar el cumplimiento de quienes actualmente consideran complicado el sistema fiscal.
¿Ya es definitivo?
No.El Paquete Económico 2027 fue entregado al Congreso el 8 de septiembre de 2026. La Cámara de Diputados tendría como fecha límite el 20 de octubre para aprobar la Ley de Ingresos, mientras que el Senado tendría hasta el 31 de octubre.
El ejercicio fiscal 2027 comenzaría el 1 de enero de 2027, siempre que las reformas sean aprobadas y publicadas conforme al proceso legislativo correspondiente.
Durante la discusión, el Congreso podría:
- Aprobar la propuesta sin cambios.
- Modificar los límites.
- Cambiar las tasas o condiciones.
- Eliminar alguna facilidad.
- Rechazar una parte de las medidas.
- Incorporar reglas adicionales.
Por ello, todavía no conviene modificar el régimen fiscal únicamente con base en anuncios preliminares.
¿Qué conviene hacer mientras tanto?
Si tus ingresos anuales se acercan a 3.5 millones de pesos, conviene monitorear el proceso legislativo. El nuevo límite de 5 millones podría cambiar tu situación fiscal.
También es recomendable preparar la siguiente información:
- Ingresos cobrados durante 2026.
- IVA trasladado a clientes.
- IVA acreditable de gastos.
- Saldos a favor existentes.
- Inversiones realizadas o previstas.
- Gastos mensuales y trimestrales.
- Declaraciones presentadas y pendientes.
- Situación actual dentro de RESICO.
Con estos datos podrás comparar el régimen vigente con las opciones propuestas.
No es necesario tomar una decisión antes de que se apruebe la reforma. Lo más prudente es esperar el texto definitivo y solicitar una revisión con un contador que conozca tu actividad.
Conclusión
Las propuestas para RESICO 2027 buscan ampliar el régimen y reducir algunos trámites para personas físicas y pequeños negocios.
Los cambios más relevantes serían:
- Aumento del límite de ingresos de 3.5 a 5 millones de pesos.
- Conservación de tasas preferenciales de ISR de hasta 2.5%.
- Posibilidad de elegir pagos trimestrales.
- Propuesta de una declaración única para ISR e IVA.
- Simplificación contable vinculada al IVA opcional de 7%.
- Posible reingreso al régimen.
- Medidas de regularización para algunos contribuyentes.












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